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6 de Setiembre de 2010
 
 
 
 Comercio Exterior  Financiación de Exportaciones Argentinas

FINANCIACIÓN DE EXPORTACIONES ARGENTINAS

¿Qué es?

Es una financiación en moneda extranjera, para vender a plazo bienes de origen argentino en los mercados del exterior y cobrar al contado.

¿Para qué sirve?

Beneficia a los exportadores argentinos de mercaderías, permitiéndoles colocar sus productos en los mercados externos en mejores condiciones de oferta. Para ello, el BNA cuenta con un Régimen de Financiación de exportaciones de bienes de capital y contratos de exportación llave en mano, a mediano y largo plazo, "sin recurso", y otro Régimen de Financiación de exportaciones de bienes en general (incluye bienes de consumo durables) a corto plazo, "con recurso" o "sin recurso" (forfaiting).

¿Quiénes pueden ser usuarios?

Los exportadores finales de bienes de capital, contratos de exportación llave en mano, y de otros bienes en general.
En operaciones "con recurso" (afectan el margen de crédito del cliente) el
exportador deberá estar vinculado crediticiamente al BNA.
En operaciones "sin recurso" (no afectan el margen de crédito del cliente) se
deberá ser titular de una cuenta corriente o, sujeto a ciertas restricciones,
sólo ser beneficiario de créditos documentarios de exportación notificados
por el BNA.

¿Qué se requiere para cursar estas financiaciones?

Para exportaciones de bienes de capital y contratos de exportación llave en mano:

Seguro de crédito a la exportación cubriendo los riesgos
extraordinarios.

No se requerirá cuando las exportaciones tengan como
destino final alguno de los países de la ALADI, siempre que
los instrumentos emergentes de la financiación se afecten a los Convenios de Pagos y Créditos Recíprocos suscriptos entre el B.C.R.A. y sus similares del resto de los países de la ALADI y cuenten con la asignación del correspondiente código de
reembolso automático.

Aval de las letras por un banco del exterior que satisfaga al
BNA o por una institución autorizada a operar a través
de los Convenios de Pagos y Créditos Recíprocos, endosadas a favor del BNA sin recurso.

Para exportaciones de bienes en general a corto plazo:

Documentos de embarque negociados conforme.

Endoso de letras de cambio o cesión de los derechos de
cobro de los instrumentos de pago, según corresponda, de
una institución autorizada a operar a través de los Convenios de Pagos.

Para operaciones con recurso, además se podrán requerir
garantías institución autorizada a operar a través de los
Convenios de Pagos y adicionales a satisfacción del BNA.

¿Qué características tienen las financiaciones?

Para exportaciones de bienes de capital y contratos de exportación llave en mano,
Son operaciones cursadas sin recurso en dólares estadounidenses, por plazos de hasta 5 años y la financiación puede alcanzar hasta el 100% del valor FOB o CFR o CIF del bien exportado o sus equivalentes para otros medios de transporte. También se podrá financiar hasta el 10% del valor FOB o FCA en repuestos y accesorios; hasta el 100% de los servicios técnicos facturados concernientes a la instalación y puesta en marcha del bien exportado con un máximo del 10% del valor FOB o FCA y hasta el 100% de la prima de seguro de crédito a la exportación contra los riesgos extraordinarios.

Para exportaciones de bienes en general:
Son operaciones cursadas con o sin recurso en dólares estadounidenses, por plazos de hasta 360 días y la financiación puede alcanzar hasta el 100% del valor de los documentos.

FINANCIACIONES PARA LA RECONTRUCCIÓN DE CHILE

El Banco de la Nación Argentina procurando sumar esfuerzos en la reconstrucción de las zonas afectadas por el terremoto en la República de Chile, estableció condiciones especiales de financiación para que las exportaciones argentinas de bienes que se destinen a atender las necesidades de la reconstrucción en el país vecino, cuenten con plazos y tasas de interés preferenciales de manera que los importadores chilenos con asiento en las zonas afectadas por el sismo puedan realizar sus operaciones con mayor holgura.

¿Cuáles son las condiciones de estas financiaciones?

Para exportaciones de bienes de capital y contratos de   exportación llave en mano:


El apoyo financiero alcanzará hasta el 100% del Valor FOB, con un plazo de financiación de hasta 5 años, y la tasa de interés  será equivalente a LIBOR + 2% pp.

Para exportaciones de bienes en general:

El apoyo financiero podrá alcanzar hasta el 100% del valor de los documentos de embarque, por plazos de hasta 360 días o hasta el plazo máximo para el ingreso de divisas de acuerdo con la normativa vigente, el que sea mayor. La tasa de interés es de LIBOR + 1,75% p.p. Deberán tratarse de bienes incluídos en los Capítulos 39, 40, 44, 68, 69, 70, 72, 73, 74, 75, 76, 78, 79, 80, 81, 82, 83, 84, 85, 86, 87, 88, 89, 90 y 94 de la Nomenclatura Común del MERCOSUR.

Resumen de la Línea

Usuarios

Apoyo Financiero Plazo Tasa de Interés Garantía Instrumentación
Exportadores finales de bienes de capital y de contratos de exportación. Llave en Mano. Hasta el 100% del valor FOB o CFR o CIF del bien exportado o sus equivalentes para otros medios de transporte. Hasta 1 año. 1) Operaciones mayores a U$S 1.000.000: Libor + 4% nominal anual.
2) Operaciones hasta U$S 999.999: Libor + 4,75 % nominal anual.

Seguro de crédito a la exportación cubriendo los riesgos extraordinarios. (II) Aval de letras, por un banco del exterior que satisfaga al BNA o que esté autorizado a operar a través de los Convenios de Pagos y Créditos Recíprocos.

Mediante la emisión de letras en dólares estadounidenses endosadas a favor del Banco, sin recurso. - Letras por Capital: de igual monto y periodicidad, como máximo semestrales y por importes no inferiores a U$S 2.500 por cada una. - Letras por Interés: como máximo semestrales.
Más de 1 año hasta 3 años 1) Operaciones mayores a U$S 100.000: TNA: 7 %.
2) Operaciones hasta U$S 99.999: TNA: 8 %.
Condiciones especiales de financiación de exportaciones de Bienes de Capital (I) Hasta el 100% del valor FOB o CFR o CIF del bien exportado o sus equivalentes para otros medios de transporte. Hasta 5 años. Operaciones sin recurso: TNA: 6,50%. Mediante letras de cambio avaladas por una institución financiera que integre la nómina de entidades autorizadas para operar en los convenios de pagos y créditos recíprocos de la ALADI con código de reembolso automático. Seguro de crédito a la exportación cubriendo los riesgos extraordinarios. (II) Mediante la emisión de letras en dólares estadounidenses endosadas a favor del Banco, sin recurso.
- Letras por Capital: de igual monto y periodicidad, como máximo semestrales y por importes no inferiores a U$S 2.500 por cada una.
- Letras por Interés: como máximo semestrales.
Financiación de exportaciones de Bienes en General (incluye bienes de consumo durables). Hasta el 100% del valor de los documentos. Hasta 1 año. Sin recurso: Libor + spread ( 4% a 4, 75%) a determinar según monto a financiar. Con aprobación de riesgo del banco corresponsal. Con recurso: Libor + spread (4 % a 8,50 %) a determinar según monto a financiar y riesgo cliente. A determinar en cada caso, cuando la operación se realice con recurso. Mediante el descuento de letras de cambio o la cesión de los derechos de cobro de los instrumentos de pago, según corresponda.

Condiciones especiales de financiación de exportaciones de Bienes de Consumo DurableS.

Hasta el 100% del valor de los documentos.

Hasta 1 año.

Sin recurso:

  Libor + 3%.
Mediante crédito documentario irrevocable emitido o letra de cambio avalada por una institución financiera que integre la nómina de entidades autorizadas para operar en los créditos recíprocos de la ALADI. Mediante el descuento de letras de cambio o la cesión de los derechos de cobro de los instrumentos de pago, según corresponda .

Condiciones especiales de financiación de exportaciones de autopartes (de vehículos en general, maquinarias agrícolas y otros).

Hasta el 100% del valor de los documentos.

Bienes Sector Autopartes:

Hasta 18 meses.

Sin recurso:

  Libor + 3%.

Mediante crédito documentario irrevocable emitido o letra de cambio avalada por una institución financiera que integre la nómina de entidades autorizadas para operar en los créditos recíprocos de la ALADI.

Mediante el descuento de letras de cambio o la cesión de los derechos de cobro de los instrumentos de pago, según corresponda.

Resumen de las Financiaciones para la Reconstrucción de Chile

Usuarios

Apoyo Financiero Plazo Tasa de Interés Garantía Instrumentación

Exportadores de Bienes de Capital y de Contratos de Exportaciones Llave en Mano, de origen argentino a mediano y largo plazo.

Hasta el 100 % del valor FOB o FCA.

Hasta 5 años.

LIBOR+ 2% p.p.

Seguro de crédito a la exportación cubriendo los riesgos extraordinarios.
(II).

Mediante crédito documentario irrevocable o Letra de cambio avalada, en ambos casos, por una institución financiera que integre la nómina de entidades autorizadas para operar en los convenios de pagos y créditos recíprocos de la ALADI con código de reembolso automático.

Mediante el descuento de letras de cambio o la cesión de los derechos de cobro de los instrumentos de pago, según corresponda.
Cuando la operación se instrumente con letras de cambio, las letras correspondientes al capital deberán ser de igual monto y periodicidad, como máximo semestrales y por importes no inferiores a u$s 2.500.- por cada una.
Las letras por interés serán como máximo semestrales.

Exportadores. Compra de documentos de embarque. Descuento de letras de cambio.

Hasta el 100% del valor de los documentos.

Hasta 360 días.

LIBOR+ 1,75% pp.

A determinar en cada caso, cuando la operación se realice con recurso.

Mediante el descuento de letras de cambio o la cesión de los derechos de cobro de los instrumentos de pago, según corresponda.

 

(I) La Financiación de Exportaciones de Bienes de Capital contempla una tasa fija del 6,50% n.a. y un plazo de hasta 5 años de financiación en la medida que la operación se curse con afectación al Convenio de Pagos y Créditos Recíprocos de la ALADI.
(II) No se requerirá cuando las exportaciones tengan como destino final alguno de los países de la ALADI, siempre que los instrumentos emergentes de la financiación se afecten a los Convenios de PAgos y Créditos Recíprocos suscriptos entre el B.C.R.A. y sus similares del resto de los países de la ALADI y cuenten con la asignación del correspondiente código de reembolso automático.


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