Buscador de Sucursales y cajeros (con opción no videntes)
Comercio Exterior
English version

Financiación de Exportaciones Argentinas

Es una financiación en moneda extranjera, para vender a plazo bienes de origen argentino, sin uso, en los mercados del exterior y cobrar al contado.

Beneficios

Beneficia a los exportadores argentinos de mercaderías, permitiéndoles colocar sus productos en los mercados externos en mejores condiciones de oferta.

Para ello, el Banco cuenta con la Línea de Crédito “Nación Exporta" línea de crédito para Financiación de Exportaciones de Bienes de Capital, Contratos de Exportación Llave en Mano y Bienes de Consumo Durable de origen argentino, sin uso y otra línea para "Financiación de exportaciones de Bienes en General a Corto Plazo" con recurso o sin recurso (forfaiting).

Usuarios

Podrán ser usuarios personas jurídicas o humanas vinculadas a crédito con el Banco inscriptas en el Registro de Importadores y Exportadores de la DGA-AFIP y exportadores finales de los bienes comprendidos en el alcance del régimen.

Los exportadores finales de los bienes de capital, contratos de exportación llave en mano, y de otros bienes en general. En operaciones "con recurso" (afectan el margen de crédito del cliente) el exportador deberá estar vinculado crediticiamente al Banco. En operaciones "sin recurso" (no afectan el margen de crédito del cliente) deberá ser titular de una cuenta corriente.

Características del préstamo

“Nación Exporta" línea de crédito para Financiación de Exportaciones de Bienes de Capital, Contratos de Exportación Llave en Mano y Bienes de Consumo Durable de origen argentino, sin uso

Son operaciones cursadas sin recurso en dólares estadounidenses, por plazos de hasta 10 años para Bienes de Capital y Contratos de Exportación “Llave en Mano” y de hasta 2 años para Bienes de Consumo Durable.

El apoyo financiero podrá alcanzar hasta el 100% del valor FOB o FCA o CFR o CIF o CIP de tratarse de Bienes de Capital o Bienes de Consumo Durable, y hasta el 85% del valor FOB o FCA o CFR o CIF o CIP de tratarse de Contratos de Exportación “Llave en Mano”, siempre y cuando el total de regalías, comisiones de representantes y gastos de promoción en el exterior, según declaración jurada del exportador, no supere el 15% del FOB o FCA de la exportación ya que, en caso contrario, el monto a financiar por el Banco deberá reducirse en la misma medida de tal exceso.

Podrán financiarse también:

  • Servicios técnicos concernientes a la instalación y puesta en marcha del bien: Hasta el 100% del valor facturado. Máximo: 10% del valor FOB o FCA.
  • Repuestos y accesorios: Hasta el 10 % del valor FOB o FCA.

Línea de Crédito para "Financiación de Exportaciones de Bienes en General a Corto Plazo"

Son operaciones cursadas con o sin recurso en dólares estadounidenses, por plazos de hasta 360 días y la financiación puede alcanzar hasta el 100% del valor de los documentos.

Requisitos

“Nación Exporta" línea de crédito para Financiación de Exportaciones de Bienes de Capital, Contratos de Exportación Llave en Mano y Bienes de Consumo Durable de origen argentino, sin uso

  • Letras de cambio avaladas por Filial del Banco en el Exterior o por un banco del exterior que satisfaga a nuestra entidad, o por una institución autorizada a operar a través de los Convenios de Pagos y Créditos Recíprocos, endosadas a favor del Banco sin recurso.

Línea de Crédito para "Financiación de Exportaciones de Bienes en General a Corto Plazo"

  • Documentos de embarque negociados conforme.
  • Endoso de letras de cambio o cesión de los derechos de cobro de los instrumentos de pago, según corresponda, de una institución autorizada a operar a través de los Convenios de Pagos.
  • Para operaciones con recurso, además se podrán requerir garantías de la institución autorizada a operar a través de los Convenios de Pagos y adicionales a satisfacción de nuestra entidad.

  • “Nación Exporta" línea de crédito para Financiación de Exportaciones de Bienes de Capital, Contratos de Exportación Llave en Mano y Bienes de Consumo Durable de origen argentino, sin uso

Usuarios Destino Apoyo Financiero Plazo Garantía Instrumentación
Personas jurídicas o humanas inscriptas en el Registro de Importadores y Exportadores de la DGA-AFIP y Exportadores finales de los bienes comprendidos en el alcance de la Línea de Crédito. Financiación de Exportaciones de Bienes de Capital Hasta el 100% del valor FOB o CFR o CIF de tratarse de Bienes de Capital Hasta 10 años (*) Las operaciones comprendidas en esta línea estarán sujetas a lo siguiente:

Letras de Cambio avaladas por:
- una Filial del Banco en el exterior o
- por un banco del exterior cuya casa Matriz o controlante cuente con una calificación internacional de riesgo “B” o superior.
- por un Banco del exterior que satisfaga al BNA o que esté autorizado a operar a través de los Convenios de Pagos y Créditos Recíprocos suscriptos por el BCRA.



Carta de Crédito Irrevocable emitida por:
- Una Filial del Banco en el exterior o
- por un banco del exterior cuya casa Matriz o controlante cuente con una calificación internacional de riesgo “B” o superior.
- por un banco del exterior que satisfaga al BNA o que esté autorizado a operar a través de los Convenios de Pagos y Créditos Recíprocos suscriptos por el BCRA.


- Cuando las operaciones se instrumenten mediante la emisión de Letras de Cambio, las mismas deberán emitirse en dólares estadounidenses, deberán ser de igual monto y periodicidad, como máximo semestrales, a contar desde la fecha de cada embarque. Se emitirán 2 juegos de letras de cambio en u$s, donde el 1ro.será por "capital" y el 2do.por "intereses". Las Letras de Cambio que integren el juego por "capital" serán iguales en montos individualmente superiores a u$s 2.500.-
- Cuando las operaciones se instrumenten mediante Crédito Documentario Irrevocable de pago diferido, el usuario deberá ceder al Banco, en la forma de práctica, los derechos de crédito sobre el producido del crédito documentarlo.
- El Banco podrá considerar a su satisfacción la utilización de otros instrumentos de pagos y cobros internacionales que obliguen a los bancos emisores del exterior y garanticen las operaciones en forma
- Cuando el pago se curse a través de Convenios de Pagos y Créditos Recíprocos, el mismo debe ser ajustado a las disposiciones vigentes que los rigen."
Financiación de Exportaciones de Contratos de Exportaciones Llave en Mano Hasta el 85% del valor FOB o CFR o CIF de tratarse de Contratos de Exportación “Llave en Mano” Hasta 10 años (*)
Financiación de exportaciones de Bienes de Consumo Durable Hasta el 100% del valor de los documentos Hasta 2 años (*)
  • Línea de crédito para "Financiación de Exportaciones de Bienes en General a Corto Plazo"

Usuarios Destino Apoyo Financiero Plazo Garantía Instrumentación
Personas jurídicas o humanas vinculadas a crédito con el Banco inscriptas en el Registro de Importadores y Exportadores de la DGA-AFIP Financiación de exportaciones de Bienes en General Hasta el 100% del valor de los documentos Hasta 1 año (*) A determinar en cada caso, cuando la operación se realice con recurso Mediante el descuento de letras de cambio o la cesión de los derechos de cobro de los instrumentos de pago, según corresponda