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Servicios vinculados con Regímenes Informativos BCRA

El Banco Central de la República Argentina ha implementado un nuevo régimen informativo para la declaración, por parte de las personas físicas y jurídicas residentes y no residentes en el país, de las inversiones directas y bienes inmuebles en el exterior y en el país, respectivamente. (Comunicaciones “A” 4237 y “A” 4305)

Los informantes deberán presentar sus declaraciones a través de las entidades financieras, en un plazo no mayor a los 90 días corridos, a partir de la fecha de referencia, siendo éstas últimas 31 de diciembre y 30 de junio.

Para la declaración del presente régimen informativo, el B.C.R.A. ha puesto a disposición de las entidades financieras un aplicativo en CD a ser distribuido entre los obligados a dicha declaración. Por ello, los interesados podrán obtener dicho aplicativo en cualquiera de las sucursales del Banco de la Nación Argentina.

El B.C.R.A. a través de la Comunicación “A” 3602 y complementarias, dispuso implementar un Sistema de Relevamiento de Pasivos Externos y Emisiones de Títulos de los sectores financiero y privado no financiero.

Dicho relevamiento abarca las obligaciones por emisiones de títulos y pasivos contraídos con no residentes, mantenidas a la fecha informada.

El sector financiero deberá, adicionalmente, consignar información sobre los créditos documentarios utilizados y no utilizados, los pasivos eventuales con el exterior por letras avaladas y cartas de crédito stand-by, y los montos de las líneas de crédito del exterior disponibles y no utilizadas.”

La incorporación de las deudas por líneas de crédito tomadas en el exterior y otras operaciones comprendidas en la Comunicación “B” 6912 al régimen de declaración de deuda de la Comunicación “A” 3602 y complementarias se efectivizará a partir de la declaración correspondiente al 31.12.03 inclusive.

Las declaraciones corresponderán al endeudamiento a fin de cada trimestre calendario.


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