
Trámites Judiciales
Información importante:
Te informamos que la sucursal Microcentro, ubicada en Florida 238, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cierra sus puertas el 30 de septiembre de 2022.
Todos los productos y servicios serán trasladados a la sucursal Florida (Florida 101, Ciudad Autónoma de Buenos Aires), donde podrás operar a partir del 1ro de octubre.
Las cuentas de depósitos judiciales abiertas oportunamente en la sucursal Microcentro, verán modificado el primer bloque de los CBU actuales con el nuevo número de la sucursal Florida, siendo reemplazado el 01108239 (Microcentro) por el 01106592 (Florida). En el caso del segundo bloque, no habrá modificaciones.
Te pedimos tener en cuenta las modificaciones mencionadas para futuros movimientos respecto de las cuentas judiciales abiertas en este Banco de depósitos judiciales.
Atención Profesionales
Los Profesionales que se presenten para el Cobro de Libranzas por Honorarios, podrán solicitar al Banco Nación para que este realice la gestión de cobro.
La operatoria la gestiona el beneficiario únicamente en la Sucursal Tribunales del Banco Nación.
Deberá presentar:
- Libranza firmada y sellada por el juzgado, y firmada al dorso por el beneficiario.
- Documento de Identidad.
- Formulario - F62600 - completo. Bajar formulario F62600
El monto resultante (neto de retenciones) podrá ser depositado en una cuenta en el Banco Nación o transferido mediante CBU al Banco que indique el Profesional.
En caso de existir algún inconveniente, dentro del plazo de 72 hs el Banco contactará al Profesional, telefónicamente y/o por correo electrónico, para que proceda a retirar la Libranza Judicial informando el motivo que imposibilita el pago. En este caso se requerirá al titular DNI y copia del F-62600 entregada oportunamente.
¿Qué características tiene la cuenta judicial?
Es una cuenta que se abre a nombre de los autos de la causa y a la orden de los juzgados en todo el país.
¿Cómo se abre una cuenta judicial?
- Por la recepción de orden judicial emanada de autoridad competente (juzgado/secretaría) de oficio, cédula, intimación, mandamiento, o cualquier otra fórmula legal con transcripción de la resolución judicial y número de expediente judicial. Se necesita la presentación de original y dos copias de dicha documentación en el sector Apertura de Cuentas Judiciales.
- Por la recepción de transferencias de fondos provenientes de otras casas del Banco u otros bancos.
- Por la presentación del depositante del formulario Boleta para Depósitos Judiciales F-1490, sellado por el Juzgado salvo que se trate de juicios por consignación.
Consulta de Saldo de Cuentas Judiciales - Nacional y Federal
- Las consultas de saldos de cuentas judiciales correspondientes a causas radicadas en juzgados y tribunales nacionales y federales, se efectúan única y obligatoriamente en los citados organismos. Resolución N° 400/14.
Además
- En los casos de cuentas de depósitos judiciales de alimentos se podrá gestionar la tarjeta de débito correspondiente.
- Los distintos juzgados podrán consultar los saldos de las cuentas a través del aplicativo Corte Suprema o de la solicitud mediante oficio judicial.
- El beneficiario o su letrado autorizado podrá consultar el saldo de las cuentas judiciales en los puestos habilitados a tal fin en la sucursal o bien en cada juzgado actuante (Res.CSJN Nº501/13).
¿Dónde se efectúa el depósito?
El depósito se efectúa en las cajas.
¿Qué modalidades se pueden utilizar para un depósito judicial?
- Efectivo: hasta $30.000 o su equivalente en dólares estadounidenses. Completar formulario F-1490 con los siguientes datos:
- Autos
- Juzgado y secretaría N°
- Número de expediente
- Número de cuenta
- Cheque certificado a la orden del Banco de la Nación Argentina: cualquier importe en pesos. Completar formulario F-1490 con los siguientes datos:
- Autos
- Juzgado y secretaría N°
- Número de expediente
- Número de cuenta
- Transferencias: se podrán efectuar en efectivo hasta $30.000 o desde cuenta propia por cualquier importe.
- Transferencia desde otros bancos: Cualquier importe informando el CBU de la cuenta correspondiente.
- Transferencia desde una sucursal del Banco Nación: Cualquier importe proporcionando la siguiente información:
- Sucursal
- Producto: caja de ahorros o cuenta corriente judicial en pesos
- Número de cuenta
- Depósitos Judiciales a través de Transferencias Electrónicas en Línea:
Se podrán efectuar depósitos judiciales mediante transferencia online a través de los servicios de INTERBANKING S.A.: InterPyME y DATANET. Una vez suscripto a uno de los servicios de Banca Electrónica de Interbanking S.A., deberá contar con el CBU de la cuenta judicial destino del depósito para realizar las transferencias con acreditación inmediata. Para conocer más sobre estos servicios comuníquese al 011 5554-2999.
¿Dónde se presenta el oficio judicial?
En la Mesa de Entradas, sacando número y esperando a ser llamado. El presentante del oficio deberá tener el documento que lo identifique.
¿Cómo se debe presentar el oficio?
Se debe presentar en legal forma más dos copias del mismo. El presentante deberá exhibir su documento de identidad para gestionar su tramitación. El oficio quedará sujeto a revisión por parte del Banco de la Nación Argentina.
¿Qué características debe tener el oficio de pago?
Debe estar suscripto por el juez actuante e incluir:
- Número de cuenta judicial de donde se extraerán los fondos y el monto a percibir.
- Los autos completos de la carátula indicando en su caso si difiere con la del oficio.
- Concepto de los fines impositivos y, de corresponder, la situación fiscal ante la AFIP del beneficiario (Art. 62 Reglamento de Justicia/Resolución 830 de la AFIP Art. 22).
- Certificación de firma del beneficiario por el actuario (Art. 60 del Reglamento de Justicia Nacional y Federal).
- En el caso de la Cámara Civil de la Capital Federal, si el importe del pago supera los $30.000.- debe consignarse el sello de agua de dicha Cámara (Acordada 966/98).
¿Cómo se efectiviza el pago?
- Efectivo: hasta $30.000 o su equivalente en dólares estadounidenses.
- Transferencias: se tendrá que informar el banco, sucursal, número de cuenta, denominación o titularidad (que debe ser igual a la del beneficiario del pago), CBU y CUIT.(*)
¿Cómo se gestiona el cobro?
El cobro se gestiona únicamente por el beneficiario en la sucursal del Banco de la Nación Argentina donde se encuentra el depósito judicial.
Deberá presentar:
- Libranza firmada y sellada por el juzgado.
- Libranza firmada al dorso por el beneficiario.
- Documento de Identidad.
¿Cómo se efectiviza el pago?
- Los pagos de importes de hasta $30.000.- podrán cobrarse en efectivo.
- Los pagos de importes superiores a $30.000.- se realizarán por transferencia electrónica a las cuentas del/de los beneficiario/s designado/s en los respectivos autos (Disposición BCRA Com. "A" 5147). El beneficiario deberá presentar el número de CBU (clave bancaria uniforme) de la cuenta donde se transferirán los fondos. Al monto depositado se le efectuarán las retenciones que correspondan.
¿Cómo se gestiona el cobro?
El cobro lo gestiona únicamente el beneficiario en la Sucursal del Banco de la Nación Argentina donde se encuentre radicado el depósito judicial.
Deberá presentar:
- Libranza firmada y sellada por el juzgado, y firmada al dorso por el beneficiario.
- Documento de Identidad.
¿Cómo se efectiviza el pago?
- Los pagos de importes de hasta $30.000 podrán cobrarse en efectivo.
- Los pagos de importes superiores a $30.000 se realizarán por transferencia electrónica del/de los beneficiario/s designado/s en los respectivos autos (disposición Com. "A" 5147 y modificatorias del BCRA). El beneficiario deberá presentar el CBU (clave bancaria uniforme) de la cuenta donde se transferirán los fondos.
- Al monto depositado se le efectuarán las retenciones que correspondan.
Cálculo de Retenciones